Gestión Integral de Seguridad y Salud en el Trabajo, Medio Ambiente y Calidad.
Vigilancia Médica Ocupacional

La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N°29783 y Ley N°30222 indican lo siguiente:

1.- PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD. El empleador asume las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole a consecuencia de un accidente o enfermedad que sufra el trabajador en el desempeño de sus funciones o a consecuencia de él, conforme a las normas vigentes.

2.- PRINCIPIO DE COOPERACIÓN. El Estado, los empleadores y los trabajadores, y sus organizaciones sindicales establecen mecanismos que garanticen una permanente colaboración y coordinación en materia de seguridad y salud en el trabajo.

3.- PRINCIPIO DE INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN. Las organizaciones sindicales y los trabajadores reciben del empleador una oportuna y adecuada información y capacitación preventiva en la tarea a desarrollar, con énfasis en lo potencialmente riesgoso para la vida y salud de los trabajadores y su familia.

4.- PRINCIPIO DE GESTIÓN INTEGRAL. Todo empleador promueve e integra la gestión de la seguridad y salud en el trabajo a la gestión general de la empresa.

5.- PRINCIPIO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD.  Los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación, procurando su reinserción laboral.

6.- PRINCIPIO DE CONSULTA Y PARTICIPACIÓN. El Estado promueve mecanismos de consulta y participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores más representativos y de los actores sociales para la adopción de mejoras en materia de seguridad y salud en el trabajo.

7.- PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD. Los empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, y demás entidades públicas y privadas responsables del cumplimiento de la legislación en seguridad y salud en el trabajo brindan información completa y veraz sobre la materia.

 

Por ello, PSST OCUPACIONAL ofrece sus servicios en Asesorías y Gestión con nuestros profesionales, para garantizar el cumplimiento de estas leyes;  como es la Implementación y Mantenimiento de Planes y Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo

Quienes Somos

PSST OCUPACIONAL es una empresa especializada en Gestión Integral de Seguridad y Salud en el Trabajo, Medio Ambiente y Calidad.

Contamos con un gran equipo humano de profesionales Médicos Ocupacionales e Ingenieros Ambientales, con amplia experiencia en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Nuestro equipo de profesionales brinda a las empresas la facilidad de asesorar  y capacitar a sus colaboradores, fomentando en ellos,  conciencia  frente a la prevención de incidentes y accidentes de trabajo; así como crear una cultura de prevención dirigida a evitar las enfermedades ocupacionales mediante la vigilancia médica.

Nuestro compromiso con las empresas es garantizar el cumplimiento de las pautas establecidas por ley, como es la Implementación y Mantenimiento de Planes y Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de cada empresa.

Misión

PSST OCUPACIONAL tiene como misión contribuir con la seguridad y salud de los trabajadores dentro de cada empresa. Fomentando el bienestar físico,  mental y social de cada uno de ellos.

Por ello, nuestra misión va dirigida a brindar asesoría a todas aquellas empresas que deseen el bienestar de sus trabajadores y el cumplimiento con la Ley N°29783 y la Ley N°30222.

Esa es la gran misión que tiene nuestro equipo humano de profesionales bajo los lineamientos éticos de cumplir con su trabajo.

“EL ÉXITO DE  UNA  EMPRESA  EMPIEZA POR LA SEGURIDAD Y SALUD DE SUS TRABAJADORES”.

Visión

PSST OCUPACIONAL tiene como visión comprometerse con las empresas peruanas en asesorarlas con los temas de Seguridad y Salud en el Trabajo a largo plazo.

Nuestro equipo de profesionales en Seguridad y Salud Ocupacional son los encargados de proponer, elaborar, cumplir y garantizar los Planes y Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo anualmente dentro de cada empresa, en compañía de un representante designado por la Gerencia General, para el cumplimiento de la Ley N°29783 y la Ley N° 30222.

“EL ÉXITO DE  UNA  EMPRESA  EMPIEZA POR LA SEGURIDAD Y SALUD DE SUS TRABAJADORES”.

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